Servicios

 

Testamentos

 

Por medio de este instrumento el otorgante designa al o los herederos universales o legatarios que habrán de heredar sus bienes al momento de fallecer. Se le denomina legado cuando el Testador deja a una cierta persona un bien determinado, y los herederos universales, son aquellos que reciben todos los bienes en general que pudieran existir al deceso del Testador.

Quien haya otorgado un Testamento, podrá revocarlo y otorgar uno nuevo en cualquier momento mientras viva. Los testamentos son actos personalísimos por lo que siempre deberán otorgarse por el Testador en persona, sin representante alguno, y solo pueden otorgarse estando en pleno uso de sus facultades mentales.

Los Herederos o Legatarios podrán ser familiares o no del Testador, ya que éste designa libremente a quien habrá de sucederlo en sus bienes.

Requisitos:

•  Llenar solicitud

•  Escritura de propiedad (en caso de legado)

•  Generales del testador

•  Identificaciones del testador.

 

Si usted esta interesado en alguno de nuestros servicios, por favor
contáctanos aquí, estamos a tu disposición.

 

 

 
Powered by www.kataisystems.com